En una modificación y adecuación de la ley tributaria y debido a la intensificación de las actuaciones en la ley de prevención y lucha contra el fraude se establece una nueva obligación específica de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero incluyendo las siguientes obligaciones:
• Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
• Obligación de informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
• Obligación de información sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. Leer más »
Hoy vamos a dar unas pequeñas pinceladas sobre un elemento fundamental dentro de su organigrama empresarial. Aquél que permite distinguir sus productos o servicios de otros del sector, enfocándolo desde el punto de vista internacional, distinguiendo entre la marca comunitaria y el registro internacional de marca.
Para saber todo sobre las marcas nacionales en general no dude en consultar nuestro blog http://www.arcos-lamersasociados.com/es/178/spanish-registry-for-marks/
La marca comunitaria tiene competencia en todo el territorio de la Unión Europea y se registra en la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) (Alicante, en Avda. de Europa, 4, 03008 Alicante), aunque la solicitud puede presentarse también en ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, 75, 28046 Madrid). Leer más »
Aunque la ley hipotecaría regula en su artículo 140 una forma de dación en pago (“No obstante lo dispuesto en el artículo 105, podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados // En este caso, la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor, por virtud del préstamo hipotecario, quedarán limitadas al importe de los bienes hipotecados, y no alcanzarán a los demás bienes del patrimonio del deudor….”), sin embargo, ésta solo puede pactarse entre el acreedor antes de formalizar el préstamo hipotecario. Deben ser muy pocos los que en sus documentos de préstamo con garantía hipotecaria tengan reflejado esta cláusula del artículo 140 de la LH.
En los últimos meses se han producido una serie de reacciones, en el ámbito jurídico, que reflejan la necesidad de buscar fórmulas que concedan a aquellas familias donde todos sus miembros están en desempleo, con hijos a cargo, un modo de salir de esta situación.
No queríamos dejar de comentar en nuestro blog, a propósito de la crisis financiera y el estallido de la burbuja inmobiliaria, el drama de los desahucios en nuestro país.El número de desahucios sigue en aumentando, hasta un 18% más que el año pasado por estas fechas, según datos del Consejo General del Poder Judicial.
Tanto el Gobierno como la oposición se reúnen para tratar de encontrar una solución a miles de afectados, con serio riesgo de perder sus viviendas, por imperativo de una ley caduca y ajena “a la realidad social del tiempo en que ha de ser aplicada” (art. 3 Código Civil). Leer más »
En los últimos tiempos nos estamos acostumbrando a oír hablar de la “dación en pago” de inmuebles que están bajo la carga de una hipoteca cuando el deudor no es capaz de afrontar su deuda. La dación se postula como una “solución” que librará al deudor del yugo que supone, tanto para él como para su familia, el seguir pagando por una propiedad que ya no tiene. No obstante, esta operación está gravada con determinados impuestos, dependiendo de la naturaleza de las personas que intervengan.
La entrega de un inmueble para saldar una deuda está sujeta al Impuesto Transmisiones Patrimoniales o al IVA en función de que la realice un particular o un empresario y según se trate, en este último caso, de edificios de nueva construcción o no. El adjudicatario es acreedor del adjudicante por un crédito propio.
En el caso de que la dación en pago la lleve a cabo un particular, la tributación que correspondería sería el ITPyAJD, en su modalidad de TPO (Transmisiones Patrimoniales Onerosas), aunque estaría exenta desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. También estaría exenta del IRPF la ganancia patrimonial que se pudiera generar en los deudores. Leer más »
Según datos del Ministerio de Fomento, el stock de viviendas nuevas sin vender asciende a 687.523 unidades, existiendo según el INE 3 millones de viviendas vacías y 1,8 viviendas en alquiler. Los objetivos que persigue el mencionado Anteproyecto de Ley es lograr una dinamización del mercado del alquiler, reforzar la seguridad jurídica y mejorar la regulación del procedimiento de desahucio.
El Anteproyecto de Ley recoge las siguientes medidas:
En más de una ocasión cuando un cliente llega a un despacho de abogados buscando asesoramiento en la compra de una hermosa propiedad mirando al mar, el profesional en lo primero que piensa es en cruzar los dedos y esperar que esa hermosa propiedad cumpla con la Ley de Costas. No descubrimos nada al decir que la actual regulación ha supuesto un caldo de cultivo de situaciones jurídicas irregulares en nuestro litoral.
Estamos en vísperas de la aprobación de la LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS. La nueva ley buscará otorgar mayor “seguridad jurídica” a situaciones que la anterior normativa no fue capaz de regular, así como una mejora sostenible del litoral español. Leer más »
Todas las empresas españolas SL están obligadas a presentar en el Registro Mercantil español, donde se ha registrado la ultima dirección social de la empresa, la siguiente documentación para su inscripción:
1. Libros
2. Cuentas Anuales
EL GOBIERNO APRUEBA UNA NORMA PARA DINAMIZAR EL MERCADO DEL ALQUILER EN ESPAÑA.
El Congreso de ministros ha aprobado el 24 de Agosto pasado un Proyecto de Ley para flexibilizar y dinamizar el mercado de Alquiler de viviendas en España que llevará aparejado una reducción de los plazos de duración del contrato de arrendamiento y la mejora de la seguridad jurídica.
Pasamos a responder a 9 preguntas frecuentes que se plantean con motivo del alquiler de una vivienda.
¿Está Vd. pensando en arrendar su vivienda?
Servicios: