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Plazos de responsabilidad tras la construcción de viviendas
Con relación a las responsabilidades del promotor tras la construcción de una propiedad (villa), le informamos en términos generales, que establece la normativa española (ley 28/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación): Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de la edificación responderán
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