El despacho de economistas y asesores fiscales Arcos y Lamers Asociados en Marbella, Málaga, España, ofrece asesoramiento en el sistema fiscal español, incluyendo impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades y tributación de no residentes, especialmente rentas obtenidas en España, ganancias derivadas de la venta de inmuebles y gravámen especial de bienes inmuebles de entidades no residentes.
RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA.
Los asesores fiscales de la firma, Arcos & Lamers Asociados, desean puntualizar un detalle importante mencionado en la ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica (BOE del día 28) y con referencia al Impuesto sobre la renta de las personas físicas año 2013. Es decir, una modificación de la normativa aplicable para el IRPF 2013 que deberá ser declarada en el año 2014.
Supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual.
Asesores fiscales y economistas en España.Los economistas y asesores fiscales de Arcos & Lamers Asociados tienen en placer de informarle que recientemente, el Consejo de Ministros, ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Impulso dela Factura Electrónicay Creación del Registro Contable, que permitirá terminar con las facturas en los cajones sin pagar a los proveedores y agilizará los procedimientos de pago.
Con la futura ley se espera alcanzar: Leer más »
Según el Real decreto-ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo 04/2013 se podrían destacar los siguientes puntos.
• Entre las medidas anunciadas destaca la implantación de una tarifa plana de 50 Euros en la cotización de la seguridad social. Esta tarifa plana sería de aplicación para los nuevos nuevos autónomos menores de 30 años –menores de 35 años si son mujeres- durante los 6 primeros meses y descuentos durante los siguientes 18 meses y será compatible con el cobro de la prestación por desempleo durante un máximo de 9 meses, aunque también se podrá cobrar toda la prestación de una vez para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil.
• Las empresas de más de 250 trabajadores verán reducidas la cuota de la S.S. en un 75% durante el primer año, mientras que para el resto habrá una reducción del 100% para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses. Leer más »
¿Necesita un Asesor Fiscal, Laboral y Mercantil para su empresa?
Ya sea que este buscando un contable para su nueva empresa o a decidido cambiar sus contables actuales, Arcos y Lamers se sentirá orgullosa de asumir este papel.
Empresa de nueva creación
Si esta emprendiendo un nuevo negocio, Arcos y Lamers desde el primer día le indicara todos las obligaciones fiscales y mercantiles a seguir y le aconsejara de sobre la mejor y mas eficiente manera de cumplirlos.
Como continuación de blogs anteriores, los asesores fiscales y economistas de Arcos & Lamers Asociados tienen el placer de informarles sobre otra parte relevante a tener en cuenta del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero.
Así mismo, para personas físicas, y con efectos desde 1 de enero de 2013 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:
Si desea Vd. crear una sucursal de su empresa extranjera en España deberán tener en cuenta las siguientes medidas a adoptar:
1).- El órgano de administración de su sociedad extranjera deberá aprobar un acuerdo que recoja la creación de la sucursal en España, así como nombrar un representante legal que deberá ser residente en España.
2).- El mencionado acuerdo de creación de la sucursal, el nombramiento del representante legal y los estatutos de la sociedad extranjera, deberán ser legalizados y traducidos a español por un traductor jurado.
3).-Se depositará en un banco en España el capital social que haya aprobado la empresa matriz extranjera, cuando la sucursal cuente con una dotación económica.
4) .- Se otorgará por el representante legal una escritura de constitución de sociedad ante un notario español, que deberá incluir la siguiente documentación: Leer más »
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en España, es un impuesto directo, establecido en España, de titularidad Municipal, obligatorio y cuya gestión corresponde directamente a los ayuntamientos.Es un Impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica, aptos para circular por las vías públicas.
Como se regula este impuesto en España?
La regulación de este impuesto se encuentra en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales ( Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo).
Se consideran aptos para la circulación los vehículos que se hayan matriculado en los registros públicos correspondientes, mientras no causen baja. Sin embargo no están sujetos al impuesto los vehículos conocidos como:
El nuevo Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía, (entrada en vigor el29 de Febrero de 2012) no persigue la tan mencionada “amnistía urbanística” de aquellas viviendas que de una u otra forma se encuentra en situación irregular dentro del suelo no urbanizable andaluz. Si no todo lo contrario. El Decreto lejos de dar luz a esta situación, provoca nuevos interrogantes y hace aumentar la ya caótica legislación reguladora del suelo andaluz.
El decreto contiene una serie de advertencias y supuestos de regularización de aquellas viviendas y edificaciones que se encuentran construidas en suelo no urbanizable, sin embargo, mucho nos tememos que no llegará a resolver la encrucijada en la que se encuentra más de 250.000 viviendas en Andalucía. Leer más »
El pasado mes de Julio, el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció que subirá el tipo general del IVA (hasta ahora, el 18%) tres puntos, hasta el 21%; el tipo reducido dos puntos (del 8% al 10%) y mantendrá el tipo superreducido en el 4%.
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