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IRPF

IRPF

Según arts. 96 Ley IRPF y 61 Reglamento, están obligados a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2012 los siguientes contribuyentes:

a) Contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio rentas superiores a las cuantías que para cada clase o fuente se señalan más abajo.

b) Contribuyentes que, con independencia de la cuantía y naturaleza o fuente de las rentas obtenidas, tuvieran derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidad desde previsión social que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten el correspondiente derecho.

c) Contribuyentes, obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del IRPF que, en su caso, les corresponda.

d) Contribuyentes no obligados a declarar por razón de la cuantía y naturaleza o fuente de la renta obtenida en el ejercicio, que soliciten la devolución derivada de la normativa del IRPF que, en su caso, les corresponda.

¿Quienes no están obligados a presentar declaración por la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas? Leer más »

impuestos en España

IRPF

Se adelantó el inicio del plazo de presentación de la declaración de Renta y Patrimonio 2012, sólo por Internet, al 24 de abril de 2013.

26-06-2013 Fecha límite domiciliación bancaria. Último día para presentar declaraciones a ingresar, con domiciliación bancaria.

28-06-2013 Último día para solicitar Cita previa para atención en oficinas.

01-07-2013 FIN CAMPAÑA RENTA 2012, Último día para presentar Declaraciones de Renta 2012 y de Patrimonio 2012.

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asesores fiscales en españaAsesores fiscales y economistas

La firma Arcos & Lamers Asociados está formada por un equipo multidisciplinar de profesionales de la Costa del Sol, que engloba a abogados, economistas, contables y asesores fiscales en España.

Arcos & Lamers Asociados además de sus entradas semanales en el blog, ha puesto en marcha una nueva micro web bajo el titulo de “Accountants in Spain” que proporcionan información mas profunda sobre el sistema tributario español, las normas contables españolas y asesoramiento fiscal a residentes como no residentes en territorio español, tanto para particulares y empresas que tengan sede en España. A continuación le mostramos un resumen de las diferentes áreas que hemos tenido en cuenta para proporcionar respuestas a las consultas que nuestra empresa recibe a diario. Leer más »

TAXES IN SPAINEn ARCOS Y LAMERS ASOCIADOS, Abogados y Asosores en España, siempre a la vanguardia de las últimas tecnologías, les ofrecemos un asesoramiento integral en el pago de sus impuestos,que va desde la obtención de toda la información necesaria para el cálculo, confección, liquidación y presentación del impuesto, hasta la comunicación al cliente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y siempre, vía telemática, dotando a todo el proceso de la agilidad necesaria para que el contribuyente, tanto residente en España como no residente, tenga en su poder en el menor espacio de tiempo posible sus impuestos o tasas pagados, siempre dentro de los plazos marcados por la legislación vigente.

Todo ésto es posible gracias a nuestro excelente equipo multidisciplinar, que está especializado en las diferentes áreas tributarias que componen el Sistema Fiscal Español, muy complejo en sí mismo, al estar implicadas diferentes administraciones, como son la estatal, la autonómica y la local. Leer más »

Seguridad socialSegún el Real decreto-ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo 04/2013 se podrían destacar los siguientes puntos.

• Entre las medidas anunciadas destaca la implantación de una tarifa plana de 50 Euros en la cotización de la seguridad social. Esta tarifa plana sería de aplicación para los nuevos nuevos autónomos menores de 30 años –menores de 35 años si son mujeres- durante los 6 primeros meses y descuentos durante los siguientes 18 meses y será compatible con el cobro de la prestación por desempleo durante un máximo de 9 meses, aunque también se podrá cobrar toda la prestación de una vez para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil.

• Las empresas de más de 250 trabajadores verán reducidas la cuota de la S.S. en un 75% durante el primer año, mientras que para el resto habrá una reducción del 100% para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses. Leer más »

reduccion en el irpfComo continuación de blogs anteriores, los asesores fiscales y economistas de Arcos & Lamers Asociados tienen el placer de informarles sobre otra parte relevante a tener en cuenta del  Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero.

Así mismo, para personas físicas, y con efectos desde 1 de enero de 2013 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:

  • Reducción en un 20% del rendimiento neto positivo en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivo siguiente. Es decir, para dos años impositivos positivos. Leer más »
Wim Lamers, Maite Arcos

Wim Lamers, Maite Arcos

Es el lema de “Arcos & LamersAsociados” , ya que es algo breve, conciso, concreto,  que hace pensar a quien lo está leyendo, simplemente viendo, o incluso cuando se trate de una persona a la que se lo están comentando.

El lema es querer decir algo sin decirlo explícitamente. Representa el espíritu de nuestra firma de abogados y asesores fiscales,Arcos & Lamers Asociados, ya que transmite confianza y seguridad.

¿Por qué motivo deben confirmar sus asuntos jurídicos, fiscales, laborales, mercantiles y contables  aArcos & Lamers Asociados?

Por dos razones, básicamente:

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abogado informando sobre la plusvalia En líneas generales, en la transmisión de un terreno, son sujetos pasivos del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (impuesto municipal de plusvalía), la persona física o jurídica que transmite el terreno. Asimismo, se convierte en sujeto pasivo sustituto del contribuyente, la persona física o jurídica que adquiera el terreno, cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España.

Si bien el artículo 110.6.b del Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales obliga a los compradores a comunicar al ayuntamiento la realización del hecho imponible, el hecho es que, en la práctica, estas comunicaciones no se venían realizando más que en los supuestos en los que, para asegurarse el pago, el adquirente, retenía en escritura pública el importe aproximado del impuesto de Plusvalía, cuando el transmitente era un no residente en España. En supuestos en los que el transmitente era una persona jurídica –una promotora por ejemplo- esta comunicación al ayuntamiento, como decimos, no se venía realizando.

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Impuestos en EspañaEn términos generales el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un Tributo directo de carácter real por el desarrollo de actividades económicas en el Territorio Nacional por las personas físicas, jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre siempre que realicen actividades empresariales, profesionales o artísticas.

Se encuentran exentos del Impuesto entre otros:

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Amanecer en el Mar de MarbellaEn más de una ocasión cuando un cliente llega a un despacho de abogados buscando asesoramiento en la compra de una hermosa propiedad mirando al mar, el profesional en lo primero que piensa es en cruzar los dedos y esperar que esa hermosa propiedad cumpla con la Ley de Costas. No descubrimos nada al decir que la actual regulación ha supuesto un caldo de cultivo de situaciones jurídicas irregulares en nuestro litoral.

Estamos en vísperas de la aprobación de la LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS. La nueva ley buscará otorgar mayor “seguridad jurídica” a situaciones que la anterior normativa no fue capaz de regular, así como una mejora sostenible del litoral español. Leer más »

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