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¿Adiós a la Apostilla de la Haya en la Unión Europea?
Bien es sabido lo farragoso que puede llegar a ser que un documento emitido por alguna autoridad de un Estado, tenga efectos jurídicos en otro Estado.
Parece que la Unión Europea nos va a facilitar las cosas (aunque algunos no deseen formar parte, Brexit dixit), a través de la aprobación de un reglamento que simplificaría los procedimientos para autentificar determinados documentos oficiales.
Actualmente, los ciudadanos de la Unión Europea deben apostillar aquellos documentos oficiales para que tuviesen validez en otro Estado miembro de la Unión.
Parece ser que el reglamento reduciría los trámites burocráticos para aquellos documentos públicos que deberán ser aceptados por otro Estado miembro, sin necesidad de apostillar (o legalizar antes las oficinas consulares).
Tampoco será obligatorio una copia compulsada del documento o su traducción jurada, ya que se usarían unos formularios multilingües (sobre nacimiento, fe de vida, defunción, matrimonio, parejas de hecho, domicilio, residencia y antecedentes penales).
Así, este reglamento afectaría a aquellos documentos públicos relativos a:
- Nacimiento
- Fe de vida
- Defunción
- Certificados de nombre
- Determinados certificados matrimoniales
- Certificados de divorcio, separación o nulidad matrimonial
- Parejas de hecho (inscripción y anulación)
- Filiación / adopción
- Nacionalidad, domicilio, residencia
- Antecedentes penales
- Derecho de sufragio activo y pasivo.
Los estados miembros tendrán 2 años y medio desde la entrada en vigor del Reglamento para su aplicación en su ordenamiento jurídico interno.
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