Blog

Business Angel, Deducción de inversión en entidades de nueva o reciente creación. Modelo 165.

Business angelLa ley 14/2013 que modifica el artículo 105.02 del impuesto sobre la renta de las personas físicas (I.R.P.F), introduce el nuevo modelo. La declaración informativa con número 165. Este nuevo modelo incluye información de los llamados “Business Angels” hacienda referencia a las deducciones de las inversiones en entidades de nueva o reciente creación.

En la mencionada ley se establece una nueva obligación de suministro de información para aquellas entidades a las que se refiere el artículo 68.01 de esta ley. Para empresas de reciente o nueva creación cuyos socios o participes hubieran solicitado la correspondiente certificación. La certificación, emitida por la empresa, deberá ser obtenida, entre otros requisitos para que los “Business Angels” tengan el derecho de deducción por la inversión.

 

Ojo, requisito fundamental para poder disfrutar de la deducción por inversión es que la empresa en la que se invierte debe de llevar a cabo una actividad económica que cuente con los medios materiales y humanos para llevar a cabo la actividad. Es decir que no sea una empresa considerada como de “mera tenencia de bienes”.

Otro requisito fundamental es que no puede ser un socio mayoritario.

 

Modelo 165

La aprobación de este modelo es mencionada en  Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E) el 31.12.2013.

El Plazo de presentación del modelo 165, «Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación».

La presentación de la mencionada declaración informativa se realizará en el mes de enero de cada año en relación con la suscripción de acciones o participaciones en el año inmediato anterior.

Quien debe de presentar esta declaración?

Aquellas entidades de nueva o reciente creación a que se refiere el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F) y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio, cuando hubieran expedido las certificaciones a socios o partícipes conforme a lo previsto en el número 5.º del mencionado artículo 68.1 de la citada Ley.

Desea obtener mas información sobre este obligación de suministro de información? Necesita información sobre cualquier tipo de declaración existente en el ordenamiento jurídico Español? No dude en contactar a alguno de los profesionales, abogados y economistas, de la firma Arcos & Lamers asociados y su departamento de gestión tributaria estará encantado de asistirle.

Para obtener más información sobre los servicios que prestan los abogado, economistas y asesores fiscales de esta firma no dude hacer click aquí.

Arcos & Lamers asociados, su despacho de abogados en marbella!.

María Teresa Arcos, abogado en Marbella

Wim Lamers, economista en Marbella.

  • Wim Lamers
  • Contable Marbella, Fiscal advisers Marbella, Abogados en Marbella, Empezar una empresa en España, Asesoramiento Fiscal Marbella,

Compártelo

Categorías