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La Licencia de Primera Ocupación

Licencia de primera ocupación

Cuando un cliente nos encarga el estudio de la situación jurídica en la que se encuentra una propiedad que desea adquirir, unos de los documentos esenciales que consultamos es si efectivamente la propiedad dispone de la Licencia de Primera Ocupación (LPO).

Este documento emitido generalmente por los organismos municipales (ayuntamientos), tiene como objeto el comprobar que la construcción cumple con las condiciones impuestas por la Licencia de obras (no caducada) que en su momento se otorgó, así como la conformidad de la obra realizada con el proyecto que sirvió de base para otorgar la licencia de obras. Además con la LPO se comprueba que la vivienda cumple con las condiciones idóneas de seguridad y salubridad.

Están sujetas a esta Licencia la primera ocupación y utilización de edificios y elementos adyacentes a los mismos (como por ejemplo trasteros y garajes que forman parte integrante del conjunto del edificio). Asimismo requerirá de la preceptiva licencia aquellas obras de  ampliación, modificación, rehabilitación, que supongan un proyecto técnico y una necesaria comprobación de las condiciones de seguridad y salubridad, por parte de los técnicos municipales.

Necesitaremos la LPO para la declaración en escritura pública de la obra nueva terminada, que junto con el certificado final de obra emitido por el arquitecto, serán documentos necesarios para el otorgamiento de la escritura.

En muchas comunidades autónomas la LPO es un requisito para poder contratar los distintos suministros de la vivienda (luz, agua, gas, telefonía, etc).

Este documento es esencial para determinar que la vivienda cumple con la normativa urbanística aplicable en la zona. Tan importante es que podríamos considerar como causa de resolución contractual aquellas compraventas donde la propiedad se transmite sin Licencia (ya que el tercer adquirente de buena fe, no es parte interviniente en las relaciones entre el propietario/promotor y el ayuntamiento).

En ocasiones nos hemos encontrado con “Licencias” otorgadas por silencio administrativo. Desconfíen, queridos lectores, de estas supuestas licencias concedidas al amparo del silencio administrativo y acudan a nuestro despacho donde gustosamente le asesoraremos en todo lo relativo a este importante documento.

  • Wim Lamers
  • Jurídico España, Abogados en Marbella, Abogado Urbanístico en Marbella, Despacho de abogados Español,

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