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La cancelación de la hipoteca sobre su finca
Con estas breves líneas pretendemos informarle sobre los pasos que debe dar Vd. a fin de cancelar formalmente un préstamo hipotecario que se encuentre pagado en su totalidad.
Una vez liquidada la deuda con su banco, no debe mantener una carga sobre su finca, que pueda de alguna forma perjudicar sus intereses en un futuro, como por ejemplo, en el caso de que decida su venta.
La cancelación económica del préstamo no supone la cancelación automática de la hipoteca sobre su vivienda y, como consecuencia, la cancelación en el registro de la propiedad de dicha carga hipotecaria.
Para la cancelación de la hipoteca en el registro es necesario llevar a cabo los siguientes pasos:
1º.- Tendrá que ponerse en contacto con el banco acreedor que le concedió el préstamo para que, a través de sus apoderados, acudan a una notaria a otorgar escritura pública de cancelación.
2º.- Una vez otorgada la escritura, deberá presentar la misma en la Oficina Liquidadora correspondiente, como exenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en el plazo de treinta días desde su otorgamiento.
3º.- Tras la liquidación, deberá presentarla en el registro de la propiedad al que pertenezca la finca, para que la hipoteca sea cancelada.
Estos trámites no corresponden a la entidad bancaria, sino que deben ser llevados a cabo por Vd. a fin de tener de nuevo su finca libre de cargas, siendo los gastos que se originen con motivo de la cancelación también de su cargo.
Si desea que llevemos a cabo los trámites necesarios sobre la cancelación de su hipoteca, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Prepararemos con su banco la firma de la escritura pública de cancelación y nos aseguraremos que la hipoteca sea finalmente cancelada en el registro de la propiedad.
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