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Nueva regulación de las viviendas con fines turísticos
Debido al creciente aumento de las nuevas formas de viajar, la Junta de Andalucía ha decido regular las viviendas que ofertan el servicio de alojamiento turístico a fin de establecer unas mínimas garantías de calidad y seguridad para las personas usuarias turísticas.
Dentro de esas viviendas encontramos las que se ceden en su totalidad y las que se alquilan por habitaciones, no incluyéndose las que se alquilen por tiempo superior a dos meses, los motivos vacacionales sin contraprestación, las viviendas en el medio rural y los conjuntos de viviendas formados por tres o mas viviendas.
La Junta establece una serie de requisitos a cumplir:
- Disponer de licencia de ocupación.
- Las habitaciones tendrán ventilación directa al exterior o a patios y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas.
- Estar amuebladas y equipadas.
- Estar provistas de calefacción y refrigeración.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Disponer de información turística de la zona.
- Disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones y un cartel anunciador de las mismas en un lugar visible dentro de la vivienda.
- Limpieza de la vivienda a la entrada y salida de los clientes.
- Ropa de cama y menaje de la casa en general.
- Facilitar a los usuarios un número de teléfono de contacto.
- Facilitar a los usuarios información e instrumentos de funcionamiento de los electrodomésticos.
- Informar a los usuarios de las normas internas.
También se establece, que en el momento de la recepción se le entregará a los usuarios un documento que al menos conste, el nombre de la persona o entidad explotadora de la vivienda, el código alfanumérico de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, el número de personas que la van a ocupar, la fecha de entrada y salida, el precio total de la estancia y el número de teléfono.
Las inscripciones se realizaran en el Registro de Turismo de Andalucía, la fecha limite para realizar el registro de la propiedad se estable a primeros de mayo y deberá incluir la referencia catastral y la licencia de ocupación.
En cuanto a las sanciones impuestas por incumplimiento, estas se dividen en leves, graves y muy graves, las cuales pueden ascender a multas de hasta 150.000€ para las infracciones mas graves.
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Cecilio Sánchez abogado en Marbella
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