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SU TESTAMENTO EN ESPAÑA
El testamento es el acto por el cual una persona dispone, para después de su muerte, de todos sus bienes o de parte de ellos.
En España, cada persona deberá otorgar un testamento, no siendo válido testar dos o más personas mancomunadamente, o en un mismo documento, ni puede otorgarse por un tercero o por mandatario.
El testamento puede ser abierto o cerrado.
Vamos a tratar su testamento abierto en España:
El testamento abierto es otorgado cuando el testador manifiesta su última voluntad en presencia de un notario, quedando éste enterado de lo que en el documento se dispone.
Cuando el testador se expresa en un idioma que el notario no conoce, será necesaria la presencia de un intérprete elegido por el testador para traducir el documento. En este caso, es testamento se escribirá en las dos lenguas con indicación de cuál ha sido la empleada por el testador.
El testador tendrá que identificarse ante el notario mediante su pasaporte o documento nacional de identidad.
Es testamento recogerá expresamente:
– Lugar, año, mes, día y hora de su otorgamiento.
– Identificación del testador por el notario y de su capacidad legal necesaria para otorgar testamento.
– La disposición de los bienes.
– Firma del testador
Será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades requeridas por la legislación española aplicable.
En Arcos y Lamers Asociados simplificamos los trámites. Elaboramos su testamento en dos idiomas, español y su lengua de origen, y preparamos la cita ante notario con el intérprete necesario para la traducción del documento. Si necesita más información, no dude en contactar con nosotros
Marbella, Octubre 2013.
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